La filosofíadel derecho de jÁ¼rgen habermas

Tesis doctoral de Víctor Manuel Vicente Rojas Amandi

El tema que aborda la presente tesis consiste en determinar con base en las teorías de jí¼rgen haberma si es posible el conocimiento práctico en el marco de la teoría del discurso y, en especial, por cuanto hace a la fundamentación racional de las normas jurídicas y morales. De esta forma, la teoría del discurso se ve a si misma en la tradición de la filosofía moral de kant. según habermas, sólo en el marco de un discurso práctico efectuado realmente se puede comprobar, si una norma cumple las condiciones de validez incorporadas en el principio moral (u). Una norma es moralmente válida si ella cumple los criterios de la racionalidad comunicativa. Estos criterios se encentran incorporados en las reglas del discurso que se deben cumplir en la realización de discursos reales. según (u) una norma resulta moralmente válida cuando ella corresponde a un interés de todos los participantes en el discurso susceptible de ser generalizado. Este suele ser el caso cuando todos los involucrados pueden aceptar las consecuencias de una norma de observancia general. A efecto de que, los participantes en el discurso pueden comprobar, si esta condición se cumple, ellos deberán llevar a cabo un intercambio universal de roles, con el que cada uno tendrá la oportunidad de ponerse en el lugar de cualquiera otro. La aceptabilidad de la decisión conforme a la norma no dependerá de la calidad de los argumentos esgrimidos, sino más bien, de la estructura del proceso argumentativo. Así, por ejemplo, según habermas, en el derecho la reconstrucción de la pretensión normativa por parte de los ciudadanos resulta accesible a una reconstrucción teorética discursiva. La sistemática está, organizada de tal manera que, el principio de soberanía popular, esto es, el derecho subjetivo de participación equitativa para participar en la formación de la voluntad democrática, corresponda con la posibilidad jurídica objetiva de una praxis institucionalizada de la autodeterminación de los ciudadanos. En una lectura desde el punto de vista de la teoría del discurso, el principio de soberanía popular precisa que, todo el poder político se derive del poder comunicativo de los ciudadanos. sin embargo, tanto en habermas como en su discípulo alexy, las reglas del discurso no pueden ser vistas como objeto del conocimiento práctico, sino más bien, sólo como postulados, cuyo reconocimiento depende de la voluntad de los participantes en el discurso. Con la pretensión de validez universal de las normas morales uno sólo puede estar de acuerdo si el contenido de la norma contribuye a la realización de los intereses fácticos de todos. A diferencia de habermas, no deberíamos aceptar que todos los hombre como tales tienen un interés común en el entendimiento universal. Parecería exagerado con la pruebas que aporta habermas sostener la vinculación del concepto de corrección con el concepto de procedimiento. Al respecto, se puede decir que la afirmación en el sentido que, indudablemente, una relación de entendimiento de este tipo se encuentra contenida en las estructuras pragmáticas del lenguaje, no parece tener un fundamento sólido. En consideración de la multitud de intereses divergentes que coexisten en una sociedad determinada, no se debe esperar que una norma moral se pueda fundamentar frente a alguien de una vez por todas. Fundamentar una norma significa, fundamentarla frente a alguien. La fundamentación de la misma frente a varios seres humanos se debe realizar de diferente manera. La fundamentación se debe realizar con base a los intereses, necesidades e ideales que el destinatario de la norma realmente tiene.

 

Datos académicos de la tesis doctoral «La filosofíadel derecho de jÁ¼rgen habermas«

  • Título de la tesis:  La filosofíadel derecho de jÁ¼rgen habermas
  • Autor:  Víctor Manuel Vicente Rojas Amandi
  • Universidad:  Nacional de educación a distancia
  • Fecha de lectura de la tesis:  03/12/2008

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • Gaspar Escalona Martinez
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: joaquin Almoguera carreres
    • Francisco Serra jiménez (vocal)
    • pedro pablo Miralles sangro (vocal)
    • enrique Olivas cabanillas (vocal)

 

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