Tesis doctoral de Santa Cecilia Garcia Fernando
La configuracion del delito de daños como figura autonoma la podemos situar en la ley aquilia (a. 286, a.C.), encargandose la practica pretoria y jurisprudencial del desarrollo de esta figura penal, completandose la proteccion de la propiedad mediante el sistema de acciones utiles con finalidad fundamentalmente reparadora. No se distingue entre daños personales y materiales hasta la codificacion. El bien juridico del tipo basico es la propiedad ajena; no obstante, la eventual concurrencia de otros posibles bienes juridicos matizan este en concretos tipos cualificados ademas de la propiedad privada. No hay definicion tipica de los daños en el c.P., Por el contrario se utiliza una formula residual y negativa para definir por exclusion, lo que no son daños a efectos patrimoniales, lo que provoca una violacion de los principios de legalidad y taxatividad, peligrando la seguridad juridica. Se trata de un delito de resultado material que admite la comision por omision. objeto material pueden ser bienes muebles, inmuebles y semovientes. El delito de daños admite la forma dolosa y culposa, condicionada esta ultima a ciertos requisitos de procedibilidad (art. 267 cp.). Se propone de «lege ferenda» la supresion de los daños imprudentes.
Datos académicos de la tesis doctoral «Evolucion historico-dogmatica del delito de daños. particular referencia a su tipo basico (art. 263 del codigo penal).«
- Título de la tesis: Evolucion historico-dogmatica del delito de daños. particular referencia a su tipo basico (art. 263 del codigo penal).
- Autor: Santa Cecilia Garcia Fernando
- Universidad: Complutense de Madrid
- Fecha de lectura de la tesis: 01/01/1997
Dirección y tribunal
- Director de la tesis
- Antonio Garcia Pablos De Molina
- Tribunal
- Presidente del tribunal: Manuel Cobo Del Rosal
- Juan José González Rus (vocal)
- Miguel Polaino Navarrete (vocal)
- Francisco Bueno Arus (vocal)