La fundamentación iusnaturalista del derecho al medio ambiente como un derecho humano

Tesis doctoral de Nuria Romero García

El derecho de los seres vivos no humanos a la existencia y la vida digna no supeditado a su posible utilidad humana pone de manifiesto ciertos aspectos culturales y de ética propia. Para nuestra cultura occidental es un hecho a plantear si todas las especies vivas tienen derecho a la vida al margen de la utilidad que tengan para los seres humanos, un planteamiento que se suele remitir a la ética y libertad de cada persona. Lo que parece claro es que para los órganos políticos y económicos de decisión y para gran parte de la comunidad científica, el planteamiento válido es el del valor para el ser humano, llegándose a plantear la contradicción de términos que representa hablar de «valor intrínseco» de una especie, ya que, según ellos, el término valor se refiere siempre a un presupuesto humano. Como contraste cultural, el dualismo occidental no existe n culturas indígenas como los indios de la amazonia y del canadá subártico. Para estas personas, los animales poseen unos atributos idénticos a los de los seres humanos, como la intencionalidad. El ser humano se convierte en un actor más dentro de la naturaleza y no en un protagonista con derecho a «evaluar» nada. Aunque estos pueblos han modificado su hábitat, éste ha conservado su elevada biodiversidad bajo su presencia y han demostrado con su propia historia su carácter de sostenibilidad ecológica. Desde el punto de vista de la etica ambiental, se analizan en este trabajo las dos corrientes filosóficas más importantes. Por un lado, el antropocentrismo en su vertiente fuerte que supone un fuerte egoísmo de la especie ya que la naturaleza no humana es entendida instrumentalmente como mero servicio y fuente de beneficios para el ser humano; y en su vertiente débil, para el que los valores de la naturaleza no humana, sin ser intrínsecos, no tienen por qué ser meramente instrumentales o utilitaristas, queda la opción de concebir un adecuado respeto ambiental a partir de valores humanos de otro tipo por otro lado, el biocentrismo, defiende la relevancia moral de la naturaleza para que una ética deje de ser humana y se convierta en ambiental, de manera que una ética de este tipo supone un profundo reordenamiento de nuestro universo moral ya que a partir de ella, sería posible justificar nuevos deberes que habrían de ser sopesados. Para el biocentrismo la consideración moral del ser humano es perfectamente compatible con la de otras entidades porque ambas derivarían de una misma fuente. Así, esta corriente filosófica resitúa necesariamente el puesto que ocupa el ser humano en la naturaleza, favoreciendo la descentralización del hombre en el mundo. Estas corrientes éticas se analizan en sus ventajas y desventajas y en su idoneidad para servir de soporte moral a la consideración del medio ambiente como sujeto moral. Pero en un intento de superación se analizan las posibilidades de una etica de la responsabilidad y de la solidaridad ya que el mundo en que vivimos es complejo y debemos actuar en cierto sentido previendo lo imprevisible para ser responsable. En esta era de la crisis ecológica, la etica de la responsabilidad que no tiene su enfoque en el pasado sino en el futuro ya que sabemos que viviendo como lo hacemos estamos restringiendo drásticamente las opciones vitales de centenares de millones de contemporáneos nuestros y de miles de millones de seres humanos del futuro, por no hablar del resto de especies vivas que comparten el planeta con nosotros. Por lo tanto, de las decisiones que tomamos depende la habitabilidad del planeta para las generaciones futuras, y los tipos de vida posibles para ellas.

 

Datos académicos de la tesis doctoral «La fundamentación iusnaturalista del derecho al medio ambiente como un derecho humano«

  • Título de la tesis:  La fundamentación iusnaturalista del derecho al medio ambiente como un derecho humano
  • Autor:  Nuria Romero García
  • Universidad:  Nacional de educación a distancia
  • Fecha de lectura de la tesis:  24/10/2008

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • Ramón Luis Soriano Díaz
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: benito De castro cid
    • Juan Carlos Suárez villegas (vocal)
    • Antonio Ruiz de la cuesta (vocal)
    • Juan Antonio Senent de frutos (vocal)

 

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