La teoria del derecho de autodeterminacion de los pueblos.

Tesis doctoral de Segundo Ruiz Rodriguez

Las dos conclusiones principales de esta tesis doctoral han sido la definicion del llamado derecho de autodeterminacion como simple principio o teoria politica, negando su pretendido caracter democratico «per se» y, en segundo lugar, la incompatibilidad entre su reconocimiento juridico en el derecho interno de un estado democratico y la supervivencia de este ultimo. La investigacion sobre la naturaleza del derecho de autodeterminacion, poniendola en relacion con los nacionalismos, la definicion del concepto de nacion, el derecho internacional y el derecho constitucional ha permitido fundamentar argumentalmente las citadas conclusiones principales de las que se derivan, entre otras, las siguientes consecuencias practicas. Primera, la reivindicacion de este supuesto derecho conduce necesariamente a la frustacion politica ya que, por su propia naturaleza, incondicional y referido a todos los pueblos etnicos, es de imposible formulacion juridico-constitucional. Segundo, se deben buscar otras areas de negociacion con los nacionalismos, incluida la secesion como alternativa excepcional aunque tambien traumatica, que en defensa de los derechos individuales de los ciudadanos, se basan en exigencias democraticas y no en un confuso, en su objeto y sujeto, derecho de autodeterminacion de los pueblos.

 

Datos académicos de la tesis doctoral «La teoria del derecho de autodeterminacion de los pueblos.«

  • Título de la tesis:  La teoria del derecho de autodeterminacion de los pueblos.
  • Autor:  Segundo Ruiz Rodriguez
  • Universidad:  Complutense de Madrid
  • Fecha de lectura de la tesis:  01/01/1997

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • Manuel Fraile Clivilles
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: Pedro De Vega Garcia
    • Martin Bassols Coma (vocal)
    • Faustino Fernández-miranda Alonso (vocal)
    • Francisco Aldecoa Luzarraga (vocal)

 

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