Reconocimiento y ejecución en el salvador de laudos pronunciados en arbitrajes internacionales y extranjeros

Tesis doctoral de Humberto Saenz Marinero

Este trabajo de investigación tiene como principal propósito, entender a la luz de las convenciones internacionales y la normativa interna, cuál es el mecanismo de reconocimiento y ejecución de los laudos internacionales y extranjeros que impera en el salvador. Aunque por el título del trabajo pueda parecer obvio, precisa aclarar que no nos ocupamos de las resoluciones pronunciadas en arbitrajes domésticos o internos que puedan ser promovidos en el salvador, sino únicamente de los laudos dictados en los procesos de arbitraje internacional, y en los denominados arbitrajes extranjeros, cuando éstos intenten ser homologados en el salvador. Tampoco nos ocupamos de los laudos pronunciados en los denominados arbitrajes de inversión, cuya naturaleza es completamente distinta al arbitraje civil y comercial, y que por lo tanto dan lugar por sí mismos, a un proceso de investigación independiente. Solo de manera muy tangencial, y en algunos casos con propósitos comparativos, nos ocupamos de los llamados arbitrajes de inversión, y de los laudos dictados en estos. en ese orden de ideas, el primer capítulo se ocupa de tratar de identificar de manera genérica, qué es lo que debe entenderse por arbitraje internacional y por arbitraje extranjero, y cómo es que estos conceptos se distinguen del arbitraje interno. Hacer esta distinción implicó que analizáramos la practicidad e importancia de distinguir estos conceptos. En el primer capítulo se abordan las distintas posturas o teorías que han existido para diferenciar los arbitrajes internacionales de los arbitrajes internos. Lógicamente, hemos puesto especial énfasis en identificar cuál o cuáles de esas teorías han sido acogidas en la legislación salvadoreña. habiendo entendido lo que es un arbitraje internacional y un arbitraje extranjero, y teniendo claros los criterios de distinción que deben aplicarse en el salvador, el segundo capítulo se refiere a los laudos propiamente dichos. En el segundo capítulo intentamos entender qué es un laudo internacional, y qué es un laudo extranjero, para luego analizar en qué casos es que realmente existe la posibilidad de su reconocimiento y posterior ejecución al amparo de las convenciones internacionales. En el segundo capítulo también se hace referencia a los laudos por los que se resuelve el mérito de la disputa, es decir, los laudos definitivos; a los laudos parciales o provisionales, poniendo algún énfasis en las medidas precautorias; y a las resoluciones arbitrales que no llegan a calificarse como verdaderos laudos. Todo esto con la finalidad de aclarar cuáles serían los casos en que, de acuerdo a la legislación salvadoreña y las convenciones internacionales suscritas por el salvador, cabría la posibilidad de aplicar la normativa internacional a las resoluciones arbitrales. en el tercer capítulo se aborda el proceso de reconocimiento u homologación de los laudos extranjeros, haciendo una comparación entre la normativa actual y las novedades que incorporará la nueva legislación procesal que entrará en vigencia en junio del año dos mil diez. Pero fundamentalmente, el tercer capítulo se encarga de estudiar las causales de no homologación de laudos previstas por las convenciones internacionales. Hemos analizado, una a una, las causas de no reconocimiento previstas de manera taxativa por las convenciones internacionales; y hemos tratado de explicar el desarrollo y tratamiento que cada una de esas causales ha recibido tanto a nivel doctrinal, como a nivel jurisprudencial. en el cuarto capítulo nos centramos en el proceso posterior al reconocimiento de los laudos, es decir, en el proceso de ejecución. La estructura de este capítulo es bastante similar a la del tercero, en el sentido que aún cuando siempre se acude a la experiencia de otros países, hemos preferido ocuparnos directamente de la realidad salvadoreña, tratando de entender cómo se desarrolla la ejecución de laudos en nuestro país; y hemos tenido que comparar las novedades que incorporará la nueva normativa procesal al respecto. siempre dentro del cuarto capítulo, nos ha parecido necesario referirnos a los recursos que todavía pudieran estar al alcance del ejecutado, y en virtud de los cuales podría llegar a suspenderse la ejecución de un laudo ya homologado. Termina el capítulo cuarto abordando la interrelación que existe entre las convenciones internacionales que el salvador ha suscrito en materia de homologación y ejecución de laudos, así como la relación de estas convenciones con la ley local.

 

Datos académicos de la tesis doctoral «Reconocimiento y ejecución en el salvador de laudos pronunciados en arbitrajes internacionales y extranjeros«

  • Título de la tesis:  Reconocimiento y ejecución en el salvador de laudos pronunciados en arbitrajes internacionales y extranjeros
  • Autor:  Humberto Saenz Marinero
  • Universidad:  Autónoma de barcelona
  • Fecha de lectura de la tesis:  04/01/2010

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • María Isabel Martinez Jimenez
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: Francisco javier Pereda gamez
    • eliseo Sierra noguero (vocal)
    • (vocal)
    • (vocal)

 

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