Tesis doctoral de Ricardo Ruiz Carbonell
Justificación del tema: el interés por desarrollar el tema objeto de la tesis, se basa en constatar que el principio constitucional de igualdad entre los sexos ha propiciado, desde antaño y aún en muchos aspectos en la actualidad, notorias diferencias, con grave perjuicio para las mujeres en cualquiera de los órdenes de la vida civil y, entre ellos, en el derecho familiar. en este sentido, se analizan los acontecimientos históricos, tanto a nivel mundial como nacional, que han demostrado la lucha de las mujeres, y la búsqueda de su incorporación como género dentro de la humanidad. Pero, pese a los avances obtenidos tanto a nivel legislativo como en lo que concierne al establecimiento de políticas públicas y acciones, así como los llevados a cabo para el logro de la denominada igualdad legal o de trato, lo cierto es que la igualdad sustancial, material o de oportunidades, aún genera múltiples situaciones que evidencian disparidades. al respecto, al cuestionamiento de ¿por qué hablar de los derechos de las mujeres, si gozan de los mismos derechos que los hombres? Considero, que a pesar de la existencia de la igualdad formal y de que los mismos son contemplados dentro de las declaraciones «universales», la construcción histórica de los derechos de las mujeres supone considerar su participación, no únicamente en la vida pública, sino en la esfera privada, como son las relaciones familiares y todos los procesos de socialización y control que manifiestan las formas en que han de interactuar en todos los ámbitos sociales y culturales con el género masculino. en este tenor, se parte de la premisa que las leyes han beneficiado de manera desigual a las mujeres al ser, frecuentemente, violentados sus derechos, tanto por el contenido inserto en las mismas, como por las omisiones y exclusiones que las propias instancias de justicia ejercitan, a pesar de ser las instancias encargadas de velar por el respeto y la tutela de sus derechos; siendo, en gran parte, motivadas por los prejuicios culturales, así como por etiquetas y estereotipos fundamentados particularmente en paradigmas de desigualdades sociales. la tesis realiza un recorrido histórico-legislativo de la situación acaecida en españa, con especial referencia al ámbito privado familiar, pero sin obviar que la esfera pública y las limitaciones, en este aspecto, producidas en contra de las mujeres, han tenido también una alta incidencia en las relaciones familiares. además, se analiza el derecho internacional de los derechos humanos, y los instrumentos jurídicos para su protección emanados de naciones unidas y de la unión europea, y su incidencia en muchos aspectos del derecho español. se ha tenido también en cuenta que gran parte de los avances conseguidos han sido fruto de los movimientos feministas, por lo que se reconocen derechos de igualdad que han sido resultado de la participación de las mujeres en los movimientos y luchas sociales y en las reglamentaciones jurídicas, para dar un nuevo significado cultural a las leyes. La condición jurídica de las mujeres se identifica a través de los contenidos en las diversas normas del derecho civil, penal y laboral. Los contenidos normativos no son neutros y libres de valoraciones, muy por el contrario, responden a contextos históricos y a procesos de dominación, en los que la conformación de las normas, así como de las instancias de aplicación y ejecución definen en lo permitido y lo prohibido los comportamientos y las expectativas que se espera cumplan hombres y mujeres en la interacción social. igualmente, se ha teniendo en cuenta la íntima conexión que guarda el derecho con otras ramas sociales, especialmente con la sociología y la psicología. Se ha utilizado una perspectiva socio-jurídica y de género, que permite dilucidar en la consideración histórica de los derechos de las mujeres, cuáles intereses y a qué sector o categoría social pertenecen aquellos que no fueron contemplados, o qué finalidad persiguen al excluir de esas construcciones y reglamentaciones jurídicas, la consideración de la igualdad de ambos géneros. al mismo tiempo, se ha pretendido encontrar elementos para cuestionar por qué en determinadas normas sociales y jurídicas, al elaborarse, se consideró que era suficiente que un género declarara ciertos derechos como importantes, y que éstos fueran válidos para el otro género y para la sociedad en general, a pesar de que no contemplaban las demandas y especificidades del género femenino; ya que, además de no ser tomadas en cuenta en los espacios en los que se deciden y regulan las diferentes maneras de resolución de los conflictos sociales, no se incluyó su percepción sobre la historia y evolución de sus derechos humanos. no obstante, mientras siga siendo el derecho la forma más apropiada de regulación jurídica de los conflictos sociales y el instrumento eficaz para proteger los derechos humanos y las garantías constitucionales, como parte de las aspiraciones modernas para alcanzar un régimen democrático, se ha postulado no sólo que éste cumpla con ser representativo, a través de formas de elección ciudadana, sino que las normas jurídicas que lo integren, respondan a las demandas sociales que la sociedad en general, y de las mujeres en particular. estructura: el presente trabajo se estructura de la forma siguiente: un primer capítulo de carácter introductorio que contempla la justificación y la metodología de la tesis, una serie de precisiones terminológicas donde se recogen una serie de conceptos y términos relacionados con el principio constitucional de igualdad. el segundo capítulo, titulado «factores determinantes y antecedentes históricos», desarrolla los aspectos que han tenido una especial incidencia socio-cultural en el tema, como es el de la utilización de un lenguaje sexista en donde ha primado lo «universal», entendido como el uso permanente de lo masculino en detrimento de lo femenino, así como otros aspectos que han significado un punto de inflexión histórico-religioso, como son los apartados que guardan relación con «la influencia de las civilizaciones y de las religiones en el proceso desigual entre mujeres y hombres» y el relativo a «la revolución francesa como hito histórico del principio de igualdad». en el segundo apartado de este capítulo se recoge, bajo el rubro de «la legislación española. Su incidencia hasta 1978″, dos aspectos de gran importancia en el tema, el primero de ellos, la positiva labor que el asociacionismo femenino significó, en especial el realizado desde los inicios del siglo xx hasta el período de la transición democrática y, por otra parte, lo que supuso el proceso de codificación y las constituciones del siglo xix, para poder desarrollar un sistema legislativo que, aun a pesar de las enormes disparidades que entre los sexos se enmarcaban en los diferentes textos, posibilitaron que el recorrido histórico-legislativo fuese, progresivamente, obteniendo logros en cuanto a reducir el alto índice de desigualdades y discriminaciones que en los mismos se contemplaban en perjuicio de las mujeres. el capítulo iii, tiene como título el principio de igualdad en las convenciones internacionales», se realiza el avance de las mismas y al respecto, incluyen todas aquellas promulgadas por naciones unidas, que han supuesto verdaderos pilares para el avance progresivo a fin de reducir las desigualdades existentes, de forma especial y más profunda, la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, cedaw. También se estudia la situación en la unión europea, tanto en lo que afecta a los tratados, a la jurisprudencia y a la doctrina existente, así como la participación política de la mujer como factor de vital importancia para la consolidación de la plena y efectividad igualdad entre mujeres y hombres. el capítulo iv, «la constitución española de 1978», se estudian los artículos recogidos de la norma suprema que poseen mayor relevancia en relación con el principio de igualdad entre mujeres y hombres, como son el 14, 9-2° y 32. Dentro de este capítulo, por su particularidad, se realiza un escueto estudio respecto a los recientes avances acaecidos en materia de sucesión de títulos nobiliarios, así como los relacionados con la única excepción al principio de igualdad entre los sexos recogido en la constitución española, que es el de la sucesión hereditaria. el capítulo v contempla los avances producidos en españa en materia de igualdad y servicios sociales, tanto en el ámbito estatal como en el de las comunidades autónomas, así como en los municipios. En el mismo, bajo el título de «españa: los avances en materia de igualdad», se estudia, a nivel estatal, la incidencia de los poderes públicos, la presencia del instituto de la mujer y las modificaciones del ordenamiento jurídico. De la misma manera, dentro del ámbito autonómico, se realiza un breve recorrido del nacimiento de los servicios sociales que han repercutido en el entorno de las familias y, sobre manera, un análisis de las leyes en la materia, al igual que las que en tiempos cercanos han sido promulgadas en algunas comunidades autónomas sobre igualdad entre mujeres y hombres, sin excluir los beneficios que los denominados planes de igualdad han supuesto para el proceso igualitario. el capítulo vi titulado el principio de igualdad en las relaciones familiares se estudia derecho familiar español y se analizan, los avances logrados en el tema, desde la época en que la legislación consideraba prácticamente incapaz a la mujer en el orden familiar a la actual situación que siendo una de las más avanzadas del mundo, reconoce idénticos derechos a hombres y mujeres en lo que afecta a la igualdad formal, si bien, reconociendo que aún dista un enorme tramo para alcanzar la igualdad sustancial. el primero apartado analizará la evolución familiar y se señala que en los tiempos actuales existe una pluralidad de modelos familiares. en un segundo partado se estudian las relaciones matrimonales, y dentro de la institución matrimonial, tanto las relaciones personales como las patrimoniales, así como las crisis derivadas de la misma. en el apartado tercero se han tenido en cuenta las llamadas uniones de hecho, y como inciden en esta modalidad el establecimiento de relaciones afectivas. la violencia de género es una de las formas más exacerbadas de generar desigualdades y que la misma es, con frecuencia, uno de los motivos que potencian desestructuraciones en el orden de las relaciones de pareja, se realiza un análisis de la misma, con mayor incidencia en las últimas reformas llevadas a cabo en el presente siglo. Se hace una especial referencia al impacto acaecido en materia de igualdad entre mujeres y hombres a raíz de la ley 1/2004, sobre violencia de género. se estudia como pese al principio de igualdad formal en el análisis que se hace de las relaciones parentales, en algunos supuestos se siguen estableciendo difrencias entre hombres y mujeres en los modos de determinación legal de la filiación. por último, la legislación más actualizada donde se contempla la igualdad entre sexos se analiza en el último apartado con título la ley orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombre: su escasa incidencia en las relaciones jurídico-privadas» en la que se constata las grandes ventajas que la citada ley aporta para el logro de la plena igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, si bien, tiene una escasa aportación de aspectos que inciden en el derecho privado-familiar. las conclusiones recogen los adelantos en el proceso igualitario entre hombres y mujeres, pero también las desigualdades existentes todavía en el ámbito público y en el ámbito de las familias. Todo ello, tanto desde una perspectiva jurídica como desde un enfoque sociológico, se reflejan los progresivos avances que han paliado, en parte, las enormes desigualdades, pero que los mismos son insuficientes para la plena consolidación de una real y plena igualdad entre mujeres y hombres.
Datos académicos de la tesis doctoral «El principio de igualdad entre hombres y mujeres del ámbito público al ámbito jurídico-familiar«
- Título de la tesis: El principio de igualdad entre hombres y mujeres del ámbito público al ámbito jurídico-familiar
- Autor: Ricardo Ruiz Carbonell
- Universidad: Murcia
- Fecha de lectura de la tesis: 25/09/2009
Dirección y tribunal
- Director de la tesis
- Encarnacion Serna Meroño
- Tribunal
- Presidente del tribunal: Antonio Reverte navarro
- m. mar Esquembre valdes (vocal)
- Ana Diaz Martinez (vocal)
- m. Luisa Valles amores (vocal)