La responsabilidad civil derivada de daños en atracciones de feria y espacios lúdicos

Tesis doctoral de Enric Rubio Gallart

La tesis que se presenta aborda un tema de gran actualidad como es el análisis de las consecuencias jurídicas derivadas de daños que se producen cuando la persona acude a lugares de ocio y, en especial, en lo relativo a las atracciones de feria. Para ello se estructura en una parte general en que se abordan los posibles fundamentos dogmáticos de la responsabilidad y una parte especial en la que se sistematiza la abundantísima jurisprudencia existente en la materia. en efecto, el objetivo fundamental ha consistido en plantear una novedosa sistematización a partir del estudio detallado de las diversas soluciones adoptadas por nuestros tribunales. Para ello se propone distinguir claramente entre aquellas soluciones que se refieren a atracciones mecánicas y no mecánicas. Dentro de las primeras quedan incluidas aquéllas en las que existe un conjunto de componentes accionados por motores eléctricos y por componentes que aprovechan la fuerza neumática o hidráulica. Dentro de las atracciones no mecánicas quedarían agrupadas todas aquéllas en las que el artilugio se pone a disposición del usuario, sin que en el mismo exista ningún componente de carácter mecánico (ya sea eléctrico, neumático o hidráulico) que realice una fuerza determinada. El placer que generan estas últimas atracciones viene determinado por la propia participación que el usuario realiza en las mismas y que va a provocar determinadas sensaciones en su cuerpo, sin que intervenga ningún dispositivo que transforme la energía eléctrica, neumática o hidráulica en fuerza motriz. la culpa como criterio de imputación se aplica con carácter general a todo tipo de atracciones, con independencia de que sean mecánicas o no mecánicas, del mayor o menor peligro intrínseco de la misma y de la participación mayor, menor o nula del usuario. Para ello necesariamente las sentencias aprecian una acción u omisión negligente en el titular de la atracción, ya sea por deficientes medidas de seguridad o protección, deficiente manejo del aparato, falta de información y mantenimiento o montaje inadecuado. el criterio de imputación basado en la teoría del riesgo (responsabilidad cuasiobjetiva) y la figura de contrabalance que se utiliza para no aplicarla, es decir, la doctrina de la asunción del riesgo, son los vectores a los que acuden los tribunales para justificar el resto de pronunciamientos condenatorios o absolutorios, ante la inexistencia de reproche culpabilístico imputable al titular de la atracción. En esos supuestos se tiene en cuenta la naturaleza de la atracción y sus características, así como la participación del usuario en las mismas, valorando especialmente la edad y condiciones físicas del mismo. aunque no existen soluciones apriorísticas, la tesis concluye que se han consolidado unos criterios generales basados en dos premisas básicas: 1) la creación del riesgo por parte del empresario ferial no puede llevar al extremo de una plena objetivación de la responsabilidad por las consecuencias dañosas que la actualización del riesgo conlleva; 2) la asunción libre y voluntaria del riesgo objetivamente normal y previsible que entraña la utilización de las atracciones feriales (especialmente de las basadas en movimientos bruscos impuestos al usuario y no controlados por el mismo) tampoco puede provocar la plena exoneración de responsabilidad del empresario que explota lucrativamente la atracción, cuando el riesgo inherente a la misma, conocido y aceptado por el usuario, ha experimentado una agravación o incremento no imputable a la conducta del propio usuario.

 

Datos académicos de la tesis doctoral «La responsabilidad civil derivada de daños en atracciones de feria y espacios lúdicos«

  • Título de la tesis:  La responsabilidad civil derivada de daños en atracciones de feria y espacios lúdicos
  • Autor:  Enric Rubio Gallart
  • Universidad:  Lleida
  • Fecha de lectura de la tesis:  26/03/2010

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • Antoni Vaquer Aloy
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: Santiago Espiau espiau
    • pedro Grimalt servera (vocal)
    • susana Navas navarro (vocal)
    • esteve Bosch capdevila (vocal)

 

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