El embargo preventivo de buques

Tesis doctoral de María Belen Mora Capitan

La tesis doctoral versa sobre la institución regulada en el convenio internacional para la unificación de ciertas reglas relativas al embargo preventivo de buques de navegación marítima, hecho en bruselas el 10 de mayo de 1952, y ratificado por españa mediante instrumento de 11 de septiembre de 1953 (boe n.5, de 5 de enero de 1954). La tesis que se sostiene es que la institución regulada en el citado convenio es una medida cautelar, pero no es equiparable al embargo preventivo regulado en la leyy de enjuiciamiento civil ni a ninguna otra medida cautelar de nuestro ordenamiento jurídico. Tal y como se desprende del artículo 1.2 del convenio el embargo consiste en la inmovilización de un buque. Del análisis de la lista de créditos marítimos contenida en el artículo 1.1 del convenio de las normas relativas al objeto del embargo se desprende: 1 ,- que la inmovilización del buque asegura el cumplimiento de una eventual condena a entregar cosa específica cuando lo que se discute es la propiedad o la posesión del mismo. 2,- que cuando se trata de una reclamación de contenido pecuniario la inmovilización actúa como una medida compulsiva dirigida a que el deudor preste caución suficiente para asegurar la efectividad del juicio.

 

Datos académicos de la tesis doctoral «El embargo preventivo de buques«

  • Título de la tesis:  El embargo preventivo de buques
  • Autor:  María Belen Mora Capitan
  • Universidad:  Pompeu fabra
  • Fecha de lectura de la tesis:  09/09/1998

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • Francisco Ramos Mendez
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: Manuel Serra Dominguez
    • María Del Carmen Calvo Sanchez (vocal)
    • Sergio La China (vocal)
    • Ignacio Arroyo Martínez (vocal)

 

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