La proteccion procesal civil en el enfermo mental.

Tesis doctoral de Marta Chimeno Cano

La protección procesal civil que dispensa nuestra legislación al enfermo mental se caracteriza por una presencia implícita del interés público, al afectar al orden y constitución de la sociedad. el objeto procesal de estos procedimientos excede del ámbito propio de los derechos privado, lo cual implica la quiebra de principios que rigen de forma genérica el proceso civil (principios dispositivo y de aportación de parte). Todo ello tendrá sus repercusiones en el ámbito de la competencia, el concepto de parte y de acción, la concesión de facultades inquisitivas al juez y la primacia de la verdad material sobre el formalismo procesal, no siendo impedimento los defectos formales para que el juez entre a conocer sobre los temas jurídico-materiales debatidos. el principio de legalidad y de oficialidad determinarán, a su vez, en cada procedimiento partícular, el establecimiento de garantías para lograr la mayor aproximación a la verdad material de los hechos y la mejor defensa al enfermo mental, a fin de evitar que su padecimiento, aun temporal, pueda ser causa de una vulneración de la tutela judicial efectiva. Supondrá, asimismo, la concesión al juez de amplias facultades de cognición, e incluso en alguno de estos procedimientos la posibilidad de iniciarlo de oficio. la esterilización de los incapaces y el internamiento forzoso, al ser medidas de protección y no medidas cautelares, se tramitan como procedimientos independientes y autónomos. La esterilización necesariamente habrá de afectar a incapacitados judicialmente, no así el internamiento, cuya razón de ser es el tratamiento psiquiátrico del enfermo mental en régimen cerrado, con independencia que la causa de internamiento sea a su vez causa de incapacitación. el internamiento forzoso, al estar regulado por una única disposición legal, art. 211 cc, ha de ser integrado a la luz de nuestra constitución y de los tratados interna

 

Datos académicos de la tesis doctoral «La proteccion procesal civil en el enfermo mental.«

  • Título de la tesis:  La proteccion procesal civil en el enfermo mental.
  • Autor:  Marta Chimeno Cano
  • Universidad:  Lleida
  • Fecha de lectura de la tesis:  01/01/1999

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • Eduardo Font Serra
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: José María Rifa soler
    • pedro Moreno meyerhoff (vocal)
    • Antonio Para martín (vocal)
    • Elena Guixé nogués (vocal)

 

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