El proceso monitorio en la nueva ley de enjuiciamiento civil española

Tesis doctoral de Abelardo Poveda Perdomo

El legislador español introdujo el proceso monitorio en la ley 1/2000, de un enjuiciamiento civil, el cual, ademas de aparecer por primera vez en la ligislación nacional y presentar una estructura que — mucho de la forma tradicional, de los juicios plendrios, emerge como medio idóneo para la movilización de capitales y con el cual se satisfacen las directivas del parlamento europeo y del consejo. la forma en que se estructura el proceso es muy sencilla, en efecto, inicia con la petición que el acreedor presenta ante el juez de primera instancia a la cual no se le establecen mayores requisitos y cuya introducción no hace preceptiva la intervención de abogado — procurador, adjuntándole el documento con el que se acredita una deuda dineraria vencida, exigible, de cantidad determinada que no excede los treinta mil euros. Seguidamente el juez hace una valoración del documento y de considerarlo como principio de prueba del derecho reclamado, procede a emitir orden de pago. Al requerir al deudor, se le debe hacer el apercibimiento de que si no paga o no, se opone dentro de los veinte días siguientes, se despachará en su contra la ejecución por la cantidad reclamada. el estudio del proceso monitorio español se realiza en siete unidades, así: 1. Breve estudio histórico 2. El proceso monitorio 3. Naturaleza jurídica del proceso monitorio 4. Sujetos del proceso monitorio 5. El objeto del proceso monitorio 6. El documento acreditación de la deuda 7. El procedimiento conclusiones.

 

Datos académicos de la tesis doctoral «El proceso monitorio en la nueva ley de enjuiciamiento civil española«

  • Título de la tesis:  El proceso monitorio en la nueva ley de enjuiciamiento civil española
  • Autor:  Abelardo Poveda Perdomo
  • Universidad:  Salamanca
  • Fecha de lectura de la tesis:  12/03/2004

 

Dirección y tribunal

  • Director de la tesis
    • María Del Carmen Calvo Sanchez
  • Tribunal
    • Presidente del tribunal: fernando Gómez de liaño gonzález
    • arturo álvarez alarcón (vocal)
    • agustin Perez cruz martin (vocal)
    • Sánchez barrios m. inmaculada (vocal)

 

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